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Ya has tomado la decisión: te vas a comprar una vivienda. Pero, a continuación, te planteas la gran pregunta: ¿Qué gastos debo asumir al comprar la vivienda?
Nosotros recomendamos que, primeramente, cuentes con un buen asesoramiento en materia inmobiliaria a la hora de comprar, como lo es nuestro colaborador, Inmobiliaria Camargo. El asesor, podrá guiarte en los pasos a la hora de efectuar tu compra.
A nivel de gasto, se debe diferenciar entre la compra de vivienda nueva o la compra de vivienda de segunda mano. Según el tipo de vivienda, la fiscalización y los gastos que se han de asumir son distintos:
Gastos Comunes:
Siempre deberemos asumir una serie de gastos comunes a la hora de celebrar el contrato de compra-venta de vivienda, sea nueva o no. Habrá que contar con la intervención de un notario, que nos aplicará un arancel regulado por el Estado, que no suele descender de los 600-700 euros para viviendas de unos 100.000 euros.
Además, tendremos que inscribir las escrituras en el Registro de la Propiedad, que igualmente nos van a cobrar unos honorarios fijados por normativa, y que, dependiendo en todo caso del precio pagado por la vivienda, no suele descender de los 400 euros.
Adicionalmente, tendrás que asumir el gasto de Gestoría o de gestión de la Inmobiliaria, que, aunque es opcional, facilita enormemente los trámites a realizar, ya que, desde la firma notarial, no te tienes que preocupar más hasta que tengas las escrituras en tu mano.
 
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Gastos de la Compra de vivienda nueva:
La compra de todo bien acarrea automáticamente asumir el Impuesto sobre el Valor Añadido. Desde el 1 de enero de 2013, toda vivienda nueva que se compre está gravada con un 10% de IVA.
Si bien, cabe matizar que algunas viviendas todavía cuentan con un gravamen más liviano: el 4% para viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública. En este punto, se entiende por vivienda de protección oficial de régimen especial, aquella que está destinada a personas con unos ingresos que no superen ciertos baremos de IPREM. Por otra parte, se entiende por vivienda de protección oficial de promoción pública, aquella que el promotor de la misma es la Administración Pública.
Además, se tendrá que abonar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Por ejemplo, para una vivienda de 100.000 euros, tendremos que abonar los siguientes gastos:
TOTAL DE GASTOS POR VIVIENDA NUEVA: 13.100 euros.

  • IVA: 10.000 euros
  • Registro: 350 euros
  • Notaría: 800 euros
  • Gestoría: 450 euros
  • AJD: 1.500 euros

 
 
ARTÍCULO PATROCINADO POR INMOBILIARIA CAMARGO
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