El trimestre comprendido entre abril y junio es clave en los impuestos de los ciudadanos residentes en España: se lleva a cabo la Campaña del Impuesto de la Renta para las Personas Físicas (IRPF).
El IRPF se abona por los residentes en España que han percibido rentas de cualquier tipo en el año natural. Se trata de un impuesto directo, personal, subjetivo y progresivo, gravándose directamente a la persona en función de sus condiciones personales.

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Normalmente es más elevado para los que más retribuciones han percibido, y tiene carácter anual. La campaña de la Renta de 2017, hace referencia a la tributación o declaración que se efectúa en el segundo trimestre del año 2018 por los rendimientos percibidos durante el año natural de 2017.
Puedes consultar la normativa y el manual actualizado, como cada año, en la web de la AEAT.
¿Cuál es el período para declarar?
Para la Campaña de la Renta 2017 se establecen los siguientes plazos:
- 15/03/2018: A partir de esta fecha puedes descargar la APP, consultar tus datos fiscales y solicitar tu número de referencia.
- 04/04/2018: Apertura de RENTA WEB y de la Campaña de la Renta. Puedes consultar tu declaración, modificarla y presentarla, y además puedes solicitar cita previa para atención telefónica.
- 10/05/2018: Comienzo de la atención presencial en las delegaciones de la AEAT. Se requiere Cita Previa, disponible para solicitarla a partir del 08/05/2018.
- 27/06/2018: FIN DEL PLAZO para Declaraciones de Renta y Patrimonio con resultado a Ingresar y por medio de pago domiciliado.
- 29/06/2018: FIN DEL PLAZO para solicitar Cita Previa para atención presencial.
- 02/07/2018: FIN DEL PLAZO de la Campaña de la Renta 2017.
¿Cuándo puedo solicitar el borrador?
Puedes consultar tu pre-declaración a través de la APP o de RENTA WEB. En RENTA WEB podrás modificar todos los datos que estimes necesarios, y presentar la Declaración. No es recomendable confirmar de primeras la Declaración a través de la APP sin antes haber revisado todos los datos importados de la Administración Tributaria. Normalmente hay deducciones o datos fiscales de los que la Administración no tiene constancia.
¿Tienes dudas? En NORTH SOLUTIONS podemos ayudarte. Deja tu duda en comentarios e intentaremos darte una respuesta lo antes posible.