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De la mano de nuestro asesor en materia de vivienda, Inmobiliaria Camargo, os traemos información sobre el nuevo modelo de Declaración Informativa trimestral que ha publicado la Agencia Tributaria el pasado 24 de mayo.
La orden HFP/544/2018 aprueba el modelo 179, “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Sujetos obligados:
Están obligados a presentar el modelo las personas y entidades que intermedien entre el cedente y el cesionario del uso de una vivienda con fin turístico, esto es, cualquier persona o empresa que haga de intermediario entre el dueño de una propiedad y el que finalmente alquila la vivienda (por ejemplo, plataformas tipo AirBNB.
¿Qué es una vivienda de alquiler turístico?
La AEAT entiende un uso de una vivienda con fin turístico como aquella en la que se produce una cesión temporal del uso de la totalidad de una vivienda. Esto es, si alquilas temporalmente una parte de tu vivienda (como puede ser una habitación), no estarás sujeto a este modelo, aunque sí que tienes otras obligaciones fiscales.
Si bien es cierto, que la vivienda tendrá que estar perfectamente equipada para su uso inmediato, así como el alquiler tener un ánimo de lucro.
¿Qué se ha de informar?
- Titular de la vivienda
- Identificación del inmueble
- Número de días en los que se va a disfrutar la vivienda con fin turístico
- Importe percibido por el cedente de la vivienda
- Número de contrato de cesión de la vivienda
- Fecha de inicio de la cesión y fecha de la intermediación
- Identificación del medio de pago (efectivo, transferencia, tarjeta u otros medios de pago)
Plazo de presentación
Este modelo se ha de presentar de forma trimestral, debiéndose informar las operaciones realizadas en cada trimestre natural, durante el mes natural siguiente a la finalización del trimestre. Esto es, las operaciones realizadas desde enero a marzo, se tendrían que informar en el mes de abril, y así, sucesivamente.
Régimen transitorio
De forma excepcional, para el año 2018 se establece un periodo transitorio mediante el cual se estipula que la presentación del modelo tendrá carácter anual, debiéndose efectuar entre el 1 y 31 de enero de 2019.
Modalidad de presentación
La presentación de esta declaración informativa habrá de ser electrónica.
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